Tribunal Constitucional conoce y decide 28 expedientes sobre distintos procesos constitucionales

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Publicación: Domingo 23 de Mayo , 2021 / 09:07 A. M.
Tribunal Constitucional conoce y decide 28 expedientes sobre distintos procesos constitucionales

SANTO DOMINGO.-  Tribunal Constitucional (TC) conoció y decidió 28 expedientes sobre diferentes procesos constitucionales, durante las sesiones virtuales celebradas la semana del 19 al 21 de mayo, en la que participaron las juezas y jueces que integran el Pleno, encabezados por el magistrado presidente, Dr. Milton Ray Guevara.

En las reuniones de trabajo, los jueces aprobaron once expedientes sobre recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional, nueve sobre recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo, seis sobre solicitud de suspensión de ejecución de sentencia,  una acción directa de inconstitucionalidad y un recurso de casación.

En relación con el expediente TC-04-2021-0022, incoado por Raúl Antonio Alcántara Alcántara, en contra de la sentencia 584, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, el 11 de junio de 2018, la decisión adoptada fue admitir, rechazar y, por lo tanto, confirmar la decisión recurrida.

Respecto al expediente TC-04-2021-0038, interpuesto por Julio Tejeda Peguero contra la sentencia TSE-094-2019, dictada por el Tribunal Superior Electoral, el 18 de noviembre de 2019, se decidió declararlo inadmisible. 

En lo concerniente al expediente TC-04-2021-0046, incoado por el señor Heriberto López Meléndez contra la sentencia 1634, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, el 24 de octubre de 2018, la decisión asumida fue admitir, rechazar y, por lo tanto, confirmar.

En cuanto al expediente TC-04-2019-0191, incoado por Antonio Villanueva Morel contra la sentencia 2268, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia, el 15 de diciembre de 2017, la decisión fue inadmitirlo.  

Respecto al expediente TC-04-2019-0135, presentado por Ramón Antonio Then de Jesús contra la sentencia 1774, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el 31 de octubre de 2018, la decisión adoptada fue admitir, acoger y, por lo tanto, anular la sentencia recurrida.  

En cuanto al expediente TC-04-2020-0019, interpuesto por Nilda Milagros Sánchez contra la sentencia 643-2017-SSEN-00108, dictada por la Sala de lo Penal del Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Judicial de Santo Domingo el 29 de mayo de 2017, el tribunal decidió inadmitir el recurso. 

Respecto del expediente TC-05-2017-0217, incoado por Juana Fuentes Minaya contra la sentencia 00422/2016, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo, en fecha 7 de noviembre de 2016, la decisión del Pleno fue admitir, acoger y declarar improcedente la acción de amparo.

En relación con el expediente TC-05-2018-0034, interpuesto por el señor Francisco Alberto de los Santos Vásquez contra la sentencia 030-2017-SSEN-00109, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el 6 de abril de 2017, la decisión adoptada fue acoger, revocar la sentencia recurrida y acoger la acción de amparo.

Sobre el expediente TC-05-2018-0232, interpuesto por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), Miguel Vargas Maldonado y Francisco Peña Guaba contra la sentencia TSE-014-2018, dictada por el Tribunal Superior Electoral 19 de julio de 2018, la decisión adoptada fue declarar inadmisible el recurso.

En el expediente TC-05-2020-0009, interpuesto por Sheiner Adames Torres contra la sentencia 030-02-2018-SSEN-00349, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el 25 de octubre de 2018, el tribunal rechazó el recurso.

En cuanto al expediente TC-05-2021-0007, incoado por el Ayuntamiento del municipio de Santiago contra la sentencia 0514-2021-SSEN-00002, dictada por la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago el 12 de enero de 2021, se decidió admitir, rechazar y, por lo tanto, confirmar la sentencia.  

En lo que se refiere al expediente TC-05-2020-0184, incoado por Koala Bay RD, S.R.L., contra la sentencia 030-02-2020-SSEN-00043, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el 4 de febrero de 2020, la decisión adoptada fue admitir, acoger y revocar la sentencia recurrida; y, en cuanto a la acción de amparo de cumplimiento, declararla improcedente.  

En lo que respecta al expediente TC-07-2021-0005, sometido por Daniel Guerrero Ramírez contra la sentencia 2020-00375, dictada por el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Higüey, el 20 de octubre de 2020, se decidió rechazar.

Respecto al expediente TC-07-2021-0017, interpuesto por los señores Vicente Cabrera Cueto y Rolando Mercedes contra la sentencia 48, dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el 20 de marzo de 2019, la decisión fue rechazar.

Con relación al expediente TC-07-2021-0018, interpuesto por María Amalia Álvarez Cabrera y Julio César Santana Sabino contra la sentencia 1332, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, el 28 de junio de 2017, la decisión fue rechazar.

En cuanto al expediente TC-07-2021-0020, interpuesto por Mariluz Sánchez Richiez, Lorenzo Berroa Hernández y Sonia Margarita Javier Apolinario contra: a) la sentencia 00032/2016, dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia el 12 de enero de 2016; y, b) la resolución 6061-2017, dictada por la Suprema Corte de Justicia el 8 de diciembre de 2017, el tribunal lo declaró inadmisible y rechazó la solicitud.

Sobre el expediente TC-07-2021-0022, interpuesto por Marilyn Crisóstomo Ramos contra la sentencia 1330-2017, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el 28 de junio de 2017, el tribunal decidió acoger la demanda y ordenar la suspensión.

En lo que respecta al expediente TC-01-2017-0015, interpuesto por Megabar, S.A. contra el artículo 12, numeral 1 de la Ley 489-08, sobre Arbitraje Comercial del 30 de diciembre de 2008, lo decidido por el tribunal fue rechazar la acción y declarar que la norma atacada está conforme con la Constitución.

En los expedientes TC-04-2017-0141 y TC-04-2018-0073, interpuestos por Servio Tulio Suncar Liriano e Isabel María Soto Santana contra la sentencia 1330, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el 28 de diciembre de 2016, el tribunal rechazó y confirmó la sentencia.

En cuanto al expediente TC-04-2017-0049, interpuesto por Silverio Cruz y Bolívar Díaz Franco contra la sentencia 552, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el 12 de octubre de 2016, lo decidido por el tribunal fue acoger el recurso y ordenar el envío del expediente a la Suprema Corte de Justicia.

En el expediente TC-04-2020-0110, incoado por Luis Alexis Fermín Grullón contra la sentencia 161, dictada el 20 de marzo de 2019 por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, el tribunal acogió el recurso, anuló la sentencia y ordenó el envío del expediente a la Suprema Corte de Justicia.

En el expediente  TC-05-2019-0276,  interpuesto por la Asociación Municipal de Mujeres, Inc. (AMMUS), Asociación de Cosecheros de Tabaco de la Región del Cibao, Inc. y Santiago Álvarez, Francisco Agustín Peña, Ariel Martínez Aponte y compartes, contra la sentencia 0514-2019-SSEN-00304, del 9 de julio de 2019, dictada por la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, el tribunal revocó la sentencia, acogió la acción de amparo e impuso astreinte.

En lo relativo al expediente  TC-07-2021-0006,  incoado por la señora Carolina Abreu Ortega, contra la resolución 3950-2013, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el siete (7) de noviembre de dos mil trece (2013), el Pleno de esta corte inadmitió la solicitud.

En cuanto al expediente TC-04-2019-0018, interpuesto por Cristóbal de los Santos, Juan Manuel Santos y Gregorio de Jesús Valenzuela contra la sentencia 584, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintisiete (27) de septiembre de 2019, el tribunal declaró inadmisible el recurso.

En el expediente TC-04-2015-0284, incoado por Luis Alberto Escolástico Paredes contra la sentencia 164-2015, dictada por la Novena Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el 11 de agosto de 2015, la decisión del tribunal fue rechazar el recurso y confirmar la sentencia recurrida.

En lo que respecta al expediente TC-08-2012-0043, interpuesto por Elizabeth Valdez de la Paz contra la sentencia 626/2009, dictada por el Tribunal de Primera Instancia de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Judicial de Peravia, en atribuciones de amparo, el 20 de julio de 2009, el tribunal inadmitió el recurso.

En cuanto al expediente TC-05-2019-0278, interpuesto por Federico Mercedes contra la Sentencia1072-2019-SSEN-00690, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Judicial de Puerto Plata el 14 de octubre de 2019, lo decidido fue revocar la sentencia e inadmitir la acción de amparo.

En el expediente TC-05-2020-0060, interpuesto por la Procuraduría General de la República contra la sentencia 1423-2020-SSEN-00010, dictada por la Sala Penal del Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Judicial de Santo Domingo el 6 de febrero de 2020, el tribunal admitió el recurso, acogió parcialmente el recurso e impuso una astreinte.

El Tribunal Constitucional se mantiene sesionando en modalidad virtual debido a la situación causada por la pandemia de COVID-19. A tales efectos, se han dispuesto medidas para asegurar la continuidad de las operaciones esenciales de manera presencial y el teletrabajo en una gran parte del personal. Esta semana estará sesionando igualmente. El TC informó que estas informaciones en estado de emergencia no sustituyen la publicación de los comunicados sobre adopción de decisiones que seguirán siendo emitidos, conforme la normativa institucional.