Detalle sentencia TC/0598/25

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Publicación: Lunes 11 de Agosto , 2025 / 03:10 P. M.

Referencia: TC-04-2025-0156

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores Ivelisse Altagracia Liriano Almonte y Pablo Gonzalez Sosa contra la Sentencia núm. SCJ-PS-22- 3184, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintiocho (28) de octubre del año dos mil veintidós (2022).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Validez de la notificación: efectuada a persona o en su domicilio (TC/0109/24). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: naturaleza (TC/0130/13). Cosa juzgada formal y material: definición, diferencia y características (TC/0153/17). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se interpone contra sentencias firmes, es decir, fallos que ponen fin a cualquier tipo de acción judicial relativa al mismo objeto y con las mismas partes (TC/0153/17). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: la decisión recurrida resuelve un incidente de embargo inmobiliario. Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito no satisfecho (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.

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11/08/2025
tc-0598-25-tc-04-2025-0156.pdf
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