Detalle sentencia TC/0436/25

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Publicación: Miércoles 02 de Julio , 2025 / 02:56 P. M.

Referencia: TC-04-2024-0694

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la señora Escarlina Altagracia Sosa contra el Auto núm. 41/2023, dictado el doce (12) de diciembre del dos mil veintitrés (2023), por la Segunda Sala de la Corte de Trabajo del Distrito Nacional.

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Corte de trabajo: sus decisiones no son recurrible en casación (art. 481 CT). Corte de trabajo: decisión dictada en única y última instancia (TC/0481/21). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se interpondrá mediante escrito motivado (art. 54.1 LOTCPC; TC/0324/16; TC/0055/24). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: la instancia recursiva no contiene una argumentación clara, precisa y coherente. Escrito motivado: requisito no satisfecho (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.

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02/07/2025
tc-0436-25-tc-04-2024-0694.pdf
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