Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Harlem Yaszer Gómez Taveras contra la Sentencia núm. SCJ-TS-23-1347, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de octubre del dos mil veintitrés (2023).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0007/12). Suprema Corte de Justicia: plantea en su decisión cuestiones que son contradictorias entre sí, y que dejan al recurrente en estado de indefensión. Corte constitucional de Colombia: adopción de criterio. Principio de congruencia: garantiza que la sentencia no contenga afirmaciones o resoluciones contradictorias entre sí, como ocurre en el caso de la especie. Suprema Corte de Justicia: su decisión no es coherente. Vicio de contradicción: se configura. Tribunal Constitucional: es importante que exista coherencia en las decisiones judiciales, implicando predictibilidad del derecho y reforzando la confianza en el sistema judicial. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, acoge, anula y remite. Voto particular: Valera Montero, Gil y Reyes Torres.